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Art. de opinión de Armando Esteve, Coordinador Local UPyD Alto y Medio Vinalopó.

“Los Alcaldes serán elegidos por los Concejales o por los vecinos”

La constitución cumple 32 años, adulta la Norma, también es momento de otorgar a los ciudadanos la máxima confianza en el pleno desarrollo de sus derechos. El artículo 140 dice literalmente que “los Alcaldes serán elegidos por los Concejales o por los vecinos”.

Nuestro sistema electoral municipal hace muy difícil formar mayorías absolutas en los ayuntamientos, sobre todo en los más importantes, ya que se requiere un porcentaje de votos cercano al 50% de los votos. Con este sistema se facilita que con frecuencia se desvirtúe la voluntad ciudadana mediante pactos opacos que favorecen cierta inestabilidad institucional. De la misma manera la legitimidad que debe disfrutar el Alcalde, tras las elecciones, no resulta favorecida con el actual sistema.

En los municipios, sobre todo en los pequeños y medianos, los vecinos suelen conocer mejor a los candidatos y valoran más el conocimiento personal que las afinidades partidistas. No obstante, nuestro sistema de elección prima la relación de confianza del Alcalde con el Pleno de la Corporación, actuando éste como un miniparlamento, en lugar de fomentar la relación con sus vecinos.

El actual sistema de elección indirecta no es el más adecuado para vincular los ciudadanos con la política y genera situaciones de inestabilidad. Por todo ello sería conveniente la elección directa de los Alcaldes, estando esta posibilidad contemplada en el art. 140 de la Constitución Española, por lo que no sería necesaria su reforma para poner en práctica esta medida.

La elección directa del Alcalde propiciaría una mayor participación e implicación de los vecinos en los asuntos públicos, reforzaría su legitimidad y obligaría a que los pactos entre partidos para su elección fuesen conocidos por todos.

El sistema de elección por doble vuelta garantizaría la consecución de estos objetivos, ya que si ningún candidato obtiene mayoría absoluta a la primera, pasan a la segunda vuelta los dos candidatos con mayor número de votos. La asignación de concejales debería garantizar un balance adecuado entre gobernabilidad y fomento de la pluralidad.

Con la elección directa se puede suprimir la moción de censura y cuestión de confianza, sin embargo la remoción del Alcalde sería posible por causas graves, previamente previstas, a través de una mayoría cualificada por el Pleno de la Corporación.

Las listas electorales desbloqueadas con voto preferencial, de forma que el ciudadano pueda optar por cambiar el orden de los candidatos propuestos por los partidos y la limitación del mandado del Alcalde a dos legislaturas consecutivas, contribuirían también a mejorar la participación e implicación de los ciudadanos en la política.

De esta forma la función ejecutiva corresponderá al Alcalde, y las funciones normativas, presupuestarias y de control al Pleno municipal, evitando la posible inestabilidad y parálisis institucional.

Estamos en un momento muy difícil y debemos esforzarnos por encontrar soluciones. En Unión, Progreso y Democracia creemos que no podemos tener miedo a reformar en profundidad el actual marco político. Los partidos y las instituciones están para servir a los intereses de los ciudadanos y no a la inversa. Por eso proponemos la elección directa de Alcaldes y defendemos las listas abiertas.

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